La pasividad de algunos ayuntamientos deja un vacío legal para recuperar la plusvalía municipal

La novedosa vía que tienen los contribuyentes para recuperar la plusvalía ante la pasividad de los Ayuntamientos

Cómo deben actuar ahora los contribuyentes afectados

Qué Ayuntamientos son considerados “de gran población”

Se abre una vía muy importante para recuperar lo pagado por la plusvalía municipal por parte de contribuyentes que viven en grandes poblaciones. Dos sentencias de diferentes juzgados ponen en evidencia la falta de un Tribunal Económico-Administrativo municipal en muchos Ayuntamientos considerados de “gran población”, pese a que la regulación española así lo establece. Estos tribunales se encargan de resolver, por ejemplo, los recursos contra liquidaciones y autoliquidación de tributos locales, como es el caso de la plusvalía municipal.

¿Y cómo afecta la ausencia de estos tribunales a los contribuyentes? El Ayuntamiento que no cuente con uno deriva directamente al contribuyente a la vía judicial, que le genera gastos jurídicos de defensa y corre el riesgo de pagar las costas. Es decir, le priva de acudir a una vía más barata para defenderse del fisco. 

En España muchos son los Ayuntamientos de gran población que se han saltado a la torera la creación de un Tribunal Económico-Administrativo municipal, pese a que así lo obliga el artículo 137 de  la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local (LBRL). Se trata de un tribunal que debe resolver las reclamaciones de los ciudadanos sobre tributos locales, como es el caso de la plusvalía municipal. Pero este incumplimiento puede hacer que los consistorios lo paguen muy caro porque hay dos sentencias que avalan que tanto las liquidaciones como las autoliquidaciones recurridas sean nulas de pleno derecho.

En concreto, y tal como subraya José María Salcedo, socio del despacho Ático Jurídico, hay dos juzgados que se han pronunciado sobre las liquidaciones dictadas de diferentes impuestos locales cuando en el municipio no se ha creado el órgano económico-administrativo y consideran que son nulas de pleno derecho.